El acto por videoconferencia del cual participará el gobernador Ricardo Quintela, será encabezado por el Jefe de Gabinete Santiago Cafiero, y los ministros de Economía Martín Guzmán y su par Interior Wado de Pedro.
El jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; el ministro de Economía, Martín Guzmán, y su par de Interior, Wado de Pedro, encabezarán este jueves una videoconferencia con los gobernadores de Jujuy, Gerardo Morales; de La Rioja, Ricardo Quintela; de Tierra del Fuego, Gustavo Melella; y de Salta, Gustavo Sáenz, para firmar el acuerdo del Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial (FFDP), por el cual el Gobierno nacional asistirá a estas provincias con más de 6.400 millones de pesos.
El acto de firma tendrá lugar en el Salón Norte de Casada Rosada a las 16, donde Cafiero, Guzmán y de Pedro rubricarán el FFDP, que forma parte del Programa para la Emergencia Financiera Provincial, con Jujuy por $2.500 millones, La Rioja $556 millones, Tierra del Fuego $1.500 millones, y Salta $1.850 millones.
Este Programa para la Emergencia Financiera Provincial, creado por el presidente Alberto Fernández a través del decreto 352/2020, consta de 60 mil millones de pesos que provienen de Aportes del Tesoro Nacional (ATN) canalizados por el Ministerio del Interior, y de otros 60 mil millones aportados por el FFDP, mediante el Ministerio de Economía. En este caso son préstamos en 36 cuotas para las provincias, que se empiezan a pagar en enero de 2021.
Por su parte, Interior asignará, mediante resolución, el aporte correspondiente a cada jurisdicción participante, el que será distribuido en cuotas, de acuerdo con los criterios que al efecto se establezcan.
Además, el Estado transferirá al Fondo Fiduciario otros $ 60.000 millones, con el fin de que éste asista a las jurisdicciones provinciales que lo soliciten mediante el otorgamiento de préstamos.
Por su parte, el Fondo Fiduciario suscribirá con la jurisdicción provincial participante un convenio bilateral en el que se acordarán las condiciones del préstamo, debiendo constar, como mínimo, monto y modalidad de los desembolsos; conceptos y rubros a financiar; programación fiscal y financiera de la jurisdicción participante; y condiciones de reembolso.
Los préstamos serán reembolsados por las jurisdicciones en 36 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con un período de gracia hasta el 31 de diciembre próximo; y la tasa aplicable será del 0,10% nominal anual y se calculará sobre el capital ajustado por el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) que elabora el Banco Central.
Los intereses devengados desde cada desembolso se capitalizarán hasta el 31 de diciembre próximo.
Para asegurar el cumplimiento de las obligaciones de reembolso, de los intereses que devengue y de las penalidades que prevea el convenio bilateral, la jurisdicción cederá en garantía las sumas que le corresponda percibir por el Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos.
El Fondo Fiduciario deberá restituir al Estado la suma equivalente a los préstamos que haya otorgado, transfiriéndole los reembolsos que hagan efectivo las jurisdicciones participantes del Programa, para lo cual deberá instruir irrevocablemente al Banco Nación a transferir los fondos respectivos a favor del Tesoro Nacional.